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El 8 de febrero de 2016 a raíz del acuerdo que el Presidente de la Nación había realizado para condonar una deuda de 77 millones de pesos que la empresa Correo Argentino, la cual había pertenecido al Grupo Macri, mantenía con el estado Argentino y al otorgamiento de rutas aéreas por parte del gobierno a Avianca, empresa que compró a la aerolínea MacAir, también vinculada al Grupo Macri el Poder Ejecutivo tuvo que salir a dar respuesta a las demandas desde las OSC y de todo el espectro político.
Impulsó dos Decretos para regular algunos aspectos de los conflictos de interés: en causas judiciales contra el Estado, dando intervención a la Procuración del Tesoro, y el procedimientos de licitaciones y obras públicas.
Para ello, Directorio Legislativo, ACIJ y Poder Ciudadano entre otras organizaciones y expertos fueron citados en marzo por la titular de la Oficina Anticorrupción, Laura Alonso, el Procurador del Tesoro, Carlos Balbín, y el Secretario Legal y Técnico de la Presidencia, Pablo Clusellas con el objetivo de presentar los borradores de los Decretos, y recibir comentarios, sugerencias y críticas en torno a los textos. Las organizaciones coincidieron en que la normativa debería alcanzar a todos los funcionarios: de Secretario para arriba (y no sólo al Presidente y Jefe de Gabinete de Ministros, como decían los textos en un primer comienzo), y que resulta necesario implementar mayores controles, como ser la emisión de una alerta cuando haya un vínculo entre un proveedor y cualquier funcionario público. A su vez alertaron sobre las falencias que esos borradores decretos presentaban y advirtiendo que esas falencias debían ser atentidas (Ver la nota del diario La Nación acerca de la posición de estas organizaciones aquí.
Finalmente, el 21 de marzo se emitieron los 2 Decretos; el Decreto 201/2017 establece a la Procuración del Tesoro como representante del Estado en situaciones de conflicto de interés (Ver el Decreto aquí) y el Decreto 202/2017 establece a la Oficina Anticorrupción como la encargada de examinar los casos en que se deba tomar intervención (Ver el Decreto aquí).
Uno de los aspectos que había sido celebrado por la mayoría de los especialistas presentes en la Casa Rosada, era en relación a la modificación del régimen de Declaraciones Juradas. Si bien se hizo hincapié en la necesidad de reformar integralmente la Ley de Ética Pública, los Decretos originalmente sugerían modificar el anexo reglamentario de la ley 26.857 (reforma de la 25.188, en 2013), incorporando los bienes de los cónyuges e hijos menores no emancipados al Anexo Público de las Declaraciones Juradas, saldando así un retroceso que viene desde hace 4 años. Lamentablemente, este artículo fue eliminado de los Decretos finales.